La Sala Especializada concluyó que el promocional difundido con motivo del segundo informe de labores del presidente Andrés Manuel López Obrador, en el que utilizó palabras con connotación religiosa, no implicó un perjuicio a los principios de laicidad y separación Estado-Iglesia, de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se trato de un mensaje en el que informó de manera genérica sobre su actuar, respecto del combate a la pobreza y la implementación de programas sociales.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente las medidas cautelares solicitadas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), por la utilización de símbolos y expresiones religiosas en un promocional del Segundo Informe de Labores del Presidente Andrés Manuel López Obrador