La Sala Especializada concluyó que el promocional difundido con motivo del segundo informe de labores del presidente Andrés Manuel López Obrador, en el que utilizó palabras con connotación religiosa, no implicó un perjuicio a los principios de laicidad y separación Estado-Iglesia, de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se trato de un mensaje en el que informó de manera genérica sobre su actuar, respecto del combate a la pobreza y la implementación de programas sociales.
Determino declarar inexistentes las infracciones atribuidas al Presidente de la República, así como a diversos servidores públicos del Gobierno Federal, en el que se hizo alusión al Papa Francisco y señaló que ayudar a los pobres es el centro del Evangelio, ya que, de un análisis integral del contenido del mensaje, se advierte que constituye propaganda gubernamental válida a efecto de dar a conocer su informe de gestión, informando de manera genérica sobre su actuar en el combate a la pobreza y ayuda social, por tanto, cumple con las características de ser auténtico, genuino y veraz.
En el mismo sentido, se consideró que sí bien, en la propaganda gubernamental controvertida, el mandatario utilizó palabras con una connotación religiosa, éstas se emplearon para exponer posicionamientos o concepciones relacionadas con la “ayuda social” y el “comunismo”.
Con información del: TEPJF