La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la inexistencia de las infracciones consistentes en actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, atribuidas a Marcelo Luis Ebrard Casaubón, entonces Secretario de Relaciones Exteriores, derivado de la publicación y difusión en su perfil de TikTok de un video que contiene una adaptación de la canción “Gatita” de la cantante Bellakath.
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