La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, así como de la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad, atribuidos al Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, derivado de la colocación de espectaculares en el municipio de Boca del Río, Veracruz, que contienen su imagen, nombre y cargo.
Lo anterior, porque se concluyó que la finalidad fue darle la bienvenida a Veracruz, con motivo de un evento al que asistió, sin que se observe la promoción de una posible candidatura a un cargo de elección popular, beneficio personal, difusión de logros o acciones de gobierno, buscar aceptación o adhesión de la ciudadanía con aspiraciones electorales.
De igual forma, se determinó la inexistencia del uso indebido de recursos púbicos, para la elaboración o contratación de los anuncios, por lo que se declaró la inexistencia de la vulneración al principio de imparcialidad en la contienda electoral, así como la omisión al deber de cuidado de MORENA, porque no se acreditaron las infracciones denunciadas.
En otro asunto vinculado con la misma temática, el Pleno de la Sala Especializada determinó que el Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, no cometió actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad y equidad, con motivo de una supuesta estrategia sistemática por la pinta de bardas que contienen la leyenda “Con Marcelo SÍ”, localizadas en la alcaldía Álvaro Obregón en la Ciudad de México.
En este sentido, de las constancias del expediente se adviertió que las 8 pintas de bardas no constituyen dicha estrategia sistemática o de actos planificados, realizados con la finalidad de promover alguna aspiración política del canciller, además, del análisis a la frase referida no se advierte que se haga un llamado a votar en la próxima elección presidencial ni algún elemento que pudiera entenderse como una solicitud de apoyo a su eventual postulación de forma expresa o equivalente.