El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales sobre los contratos para la adquisición de vacunas contra el virus del SARS-CoV-2 (RRSN 6/2021) y los comprobantes de pago respectivos (RRSN 3/2021).
En el primero de ellos, resolvió que la divulgación de las condiciones esenciales de la contratación puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país. Por este motivo, esta información debe ser clasificada como reservada por un periodo de 5 años, sin que ello impida divulgar una versión pública en la que se puedan apreciar aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyan información confidencial (datos personales y secreto comercial).
En el segundo, determinó que los comprobantes de pago respectivos deben ser clasificados como información reservada por un periodo de 5 años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional por la misma razón precisada en el párrafo anterior.
Con esto, la SCJN da un nuevo revés al Instituto Nacional de Acceso a la Información quien había determinado la validez de las peticiones realizadas por particulares para conocer la información administrativa y económica respecto a la adquisición del biológico durante la pandemia generada por el virus SARS-CoV-2.
Redacción