Jueves, 26 Marzo 2026

banner horizontal

Jueves, 26 Marzo 2026 20:43

Corte del acordeón ahora va contra Xcaret por presuntamente usar publicidad del “patrimonio cultural maya”

Escrito por
Corte del acordeón ahora va contra Xcaret por presuntamente usar publicidad del “patrimonio cultural maya” Imagen Instagram Xcaret Park

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un caso relacionado con la protección del patrimonio cultural del Pueblo Maya, que se originó cuando el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) ordenó medidas cautelares a la empresa turística Xcaret para retirar de circulación y exhibición contenidos publicitarios que utilizaban elementos del patrimonio cultural maya.

A través de un comunicado, la también conocida como ‘Corte del Bienestar’ explicó que ante el incumplimiento de la citada determinación, la autoridad administrativa le impuso una multa a la empresa, la cual fue impugnada mediante un juicio de amparo, en el que Xcaret argumentó que contaba con una autorización para el uso de los elementos culturales, otorgada por un órgano denominado “El Gran Consejo Maya”.

 

 

Con base en ello, el juzgado de distrito que conoció del asunto le concedió la suspensión definitiva a la empresa, permitiéndole continuar con el uso del patrimonio cultural en su publicidad en tanto se resolvía el fondo del asunto.

Sin embargo, tras de que la Corte de la 4T revisara esta decisión, el concluyeron que la persona juzgadora no realizó una adecuada ponderación entre la apariencia del interés social y el buen derecho, es decir, la valoración preliminar de si existe una base jurídica razonable que permita anticipar, sin prejuzgar el fondo, que el acto reclamado podría ser inconstitucional, como lo exige la Ley de Amparo.

En ese sentido, la Corte de la 4T destacó que, conforme a la reforma al artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 2024 y la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, el patrimonio cultural material e inmaterial pertenece colectivamente a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que su protección es un asunto de orden público e interés social.

Por ello, el Pleno subrayó que el Estado tiene la obligación de garantizar el resguardo de dicho patrimonio frente a cualquier uso indebido o no autorizado. Asimismo, concluyó que la afectación alegada por la empresa era de carácter meramente económico, lo cual no puede prevalecer sobre el interés colectivo de proteger la identidad cultural del Pueblo Maya, por lo que revocó la resolución que había concedido la suspensión definitiva, afectando así a la empresa de prestigio internacional.

 

 

Redacción

Carlos Torres Flores

Periodismo , músico, emprendedor, escribo a ratos, , amo Puebla, creador de  y , fan de los Simpson.

Suscríbete a mi Canal de Youtube 

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

vertical box

 

 

 

9

Síguenos en Facebook!

REALIDALEAKS

Buscar tema

Realidad 7 es un sitio de noticias de corte político y periodismo digital.
Nuestra misión es llevar a la comodidad de tus dispositivos la información más relevante que sucede en el campo político de nuestro país.

Contacto: info@realidad7.com