El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, la sentencia por la que se determinó sancionar al PRI y a su entonces candidato a la gubernatura de Puebla, José Enrique Doger Guerrero, por la difusión de un promocional que promueve estereotipos y violencia política en razón de género.
El Partido Acción Nacional (PAN) y su entonces abanderada, Martha Érika Alonso, presentaron una queja contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de su candidato por la difusión del promocional denominado “PUE L ESPEJITO” que, desde su perspectiva, constituye violencia política por razón de género y el uso indebido de la pauta.
La Sala Regional Especializada, al conocer el asunto en el expediente SER-PSC-195/2018, concluyó que el promocional no abona a la construcción de una ideología política o propuestas respecto de temas de interés público.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) July 11, 2018
Se utilizó en un contexto cargado de estereotipos sexistas mediante la alegoría a un cuento de hadas, para reproducir prejuicios y discriminación en contra de una candidata, por lo que impuso una multa a los denunciados.
La Sala Superior confirmó la sentencia combatida, porque el Revolucionario Institucional y su abanderado no presentaron argumentos que combatieran las consideraciones de la Sala Regional, sino que se limitaron a señalar que las expresiones del promocional son una crítica a la excandidata.
El pleno indicó que eventuales críticas a la candidata pudieron haberse realizado sin utilizar estereotipos; es decir, sin afirmar que “votar por Martha Erika es reelegir a Moreno Valle”.
Ello, porque esta expresión que en conjunto con las imágenes empleadas, abonan a perpetuar las relaciones tradicionales de dominación entre hombres y mujeres, desvalora las capacidades de la candidata por su relación conyugal.
En consecuencia, la Sala Superior confirmó la sentencia recurrida y las sanciones impuestas al PRI y a su exaspirante a gobernador.
Información de: Tribunal Electoral