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Miércoles, 25 Octubre 2017 10:12

Motivos de Conciencia ½

Escrito por

 

Columna: El Meollo del Asunto

Por Daniel Valles

 

Decir que no, solo por decirlo que no, es de “mala leche”. Decir que no a algo por una objeción de conciencia, es tener una razón no solo de fe, sino ética para decir no, a realizar un acto que va en contra de principios propios y de creencias personales.

 

El Progresismo que promueve la llamada Tolerancia muestra poco respeto por las personas que no están de acuerdo con esa ideología. La que no respeta a las personas que no piensan de esa forma. Es decir, la ideología progresista es despótica, tiránica e impositiva. Solo tolera lo que es común a ella. Nada más.

 

La objeción de conciencia es la facultad que tienen y que le asiste a una persona para por motivos de ética o de religión, de fe, no participar en actividades o acciones que vayan en contra de sus convicciones o creencias. Lo que no es tolerado por la gente que se dice ser tolerante y que promueve tal pseudo-valor. Mucho menos respeta lo que no es afín.

 

La Objeción de Conciencia es practicada en Alemania, donde es expresamente reconocida, por ejemplo, por los artículos 9 y 10 de la ley de protección del embrión,  (’Embryonenschutzgesetz’), de 13 de diciembre de 1990: Art. 9.- Habilitación para las prácticas (de reproducción médicamente asistida). Sólo un médico puede proceder a: 1. Una fecundación artificial. 2. La transferencia de un embrión a una mujer. La conservación de un embrión humano, o de un óvulo humano en el cual un espermatozoide humano se hubiera introducido o hubiera sido introducido artificialmente.

 

Art. 10.- Cláusula de conciencia. Nadie puede ser obligado a efectuar los actos mencionados en el art. 9, ni a participar en ellos.

 

Respecto al aborto: El artículo  2 de la Ley de Reforma del Derecho Penal de 18.6.1974, afirma que nadie puede ser obligado a cooperar en una interrupción del embarazo, excepto en el caso de que la colaboración sea necesaria para salvar a la mujer de un peligro, no evitable de otro modo, de muerte o de grave daño a su salud.

 

En Italia, para citar otro ejemplo: – El artículo 9 de la Ley italiana de 22 de mayo 1978 (Ley del aborto) contempla la objeción de conciencia del personal sanitario en los siguientes términos: «el personal sanitario y el que ejerce las actividades auxiliares no está obligado a participar en los procedimientos previstos en los art. 5 y 7 y en las intervenciones para la interrupción del embarazo cuando plantee objeción de conciencia, previamente declarada. La declaración del objetor debe ser comunicada al médico provincial y, en el caso del personal empleado del hospital o clínica, también al director sanitario, antes de un mes después de la entrada en vigor de la presente ley o de la obtención de la habilitación o de la asunción del puesto en un ente obligado a proporcionar prestaciones dirigidas a la interrupción del embarazo, o de la estipulación de un convenio con entes asistenciales que comporte la ejecución de tales prestaciones. La objeción puede siempre ser revocada o venir planteada también fuera de los términos previstos en el párrafo anterior, pero en tal caso la declaración produce efecto después de un mes de su presentación al médico provincial. – ley 40/2004 de 19 de febrero sobre procreación asistida: artículo 16 (Objeción de conciencia).

 

En México, en la Cámara de Diputados la semana pasada, segunda de octubre, fue aprobado el derecho de objeción de conciencia para el personal de salud, excepto en emergencias médicas y cuando está en riesgo la vida de un paciente. Esto ha de ratificarse en el Senado.

 

La iniciativa fue presentada por la diputada del Partido Encuentro Social, Norma Edith Martínez Guzmán. Esto ha sido suficiente para que gente “liberalia”-término acuñado por quien escribe que no es lo mismo que liberal-que profesan el Progresismo, se le fueran a la yugular del PES y a los partidos que lo apoyaron. Fueron 313 votos a favor por 105 en contra. Al dos por uno. Apabullante el voto del PRI, Verde y PAN, juntamente con el de la iniciativa.

 

Qué dice la referida:

 

“El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrán (sic) ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley.” Esto es lo principal, entre otras cosas.

 

Esto ha hecho que quienes profesan el Progresismo posmoderno se haya rasgado las vestiduras y aleguen todo lo que se le ocurra y recurran a exageraciones y medias verdades para tratar de revertir la opinión pública, pero más, la de los senadores que tendrán que votar la iniciativa para ratificarla y se convierta en ley. Lo que va en contra de todo lo que creen.

 

Y han hecho así porque desde que se legalizo el aborto en México y se promueve la doctrina “liberalia” que practican los progresistas, miles de médicos y enfermeras han alegado motivos de conciencia para objetar practicar abortos o para proporcionar píldoras abortivas, de esas llamadas “del día siguiente”,  quienes acuden a la píldora de emergencia por ellas debido al estilo de vida que viven. El que requiere de “ayudas”.

 

El Progresismo es cuasi religión. Sin organización formal y cuya doctrina religa a los practicantes de igual forma como cualquier otra. En este caso como el cristianismo. Al que atacan y que es contrario a la suya.

 

La intolerancia hacia el cristianismo queda de manifiesto cuando el Progresismo predica una tolerancia y apertura para todo lo que le es afín, pero condena cualquier pensamiento contrario.

 

Por ello es el ataque directo contra el Partido Encuentro Social. Al que le llaman “peyorativamente”, el partido de los cristianos. Como si los ciudadanos quienes profesan tal doctrina no tuvieran derecho a tenerlo o a afiliarse. Además, así se han hecho llamar los del PES. Craso error. Sabiendo lo anticlericales que son los políticos en el país. Lo que trataré en la siguiente entrega.

 

Quienes están en contra de la iniciativa alegan-falsamente-que se dejarán de prestar servicios de salud a quienes lo necesiten debido a estos motivos, los de conciencia. Cuando la misma ley establece que al tratarse de una emergencia se deberá prestar la atención sin que importe absolutamente nada, solo la estabilización de quien lo necesite.

 

El juramento Hipocrático es citado por los progresistas pero fuera de contexto, ya que el mismo indica siempre: “primum nil nocere o primum non nocere”, que se traduce en castellano por: "lo primero es no hacer daño". Lo que incluye lo siguiente:

 

“Jamás daré a nadie medicamento mortal, por mucho que me soliciten, ni tomaré iniciativa alguna de este tipo; tampoco administraré abortivo a mujer alguna. Por el contrario, viviré y practicaré mi arte de forma santa y pura”. Esto pocas veces lo mencionan, por razones obvias”.

 

Se harán muchos esfuerzos porque esta iniciativa no se convierta en ley nacional. ¿Por qué? Porque va en contra de lo que el Progresismo ha promovido desde hace 4 décadas: Aborto, eutanasia, anticonceptivos emergentes, legalización de la marihuana, cambios de sexo por medios quirúrgicos y hormonales, inseminación artificial. Amén de otras prácticas que están reguladas o son legales desde hace años en países desarrollados.

 

En México, muchas de estas prácticas en la CDMX ya son legales. De hecho a la capital de la república se le llama y se conoce como una “Ciudad de Vanguardia”. Ahí es donde la ha puesto el Progresismo por motivos de su conciencia.

 

Esta objeción a la que la nueva iniciativa de ley se refiere es como toda moneda, tiene dos caras. La de quienes están a favor y quienes están en contra. Con sus medias razones quienes quieren conservar las instituciones que han dado civilización, progreso y vida. Y sus “medias razones”, como las de quienes quieren callar la voz de sus conciencias tratando de moldear la vida a su particular concepción. Así El Meollo del Asunto.

 

Twitter: @elmeoyodlasunto

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Red: www.danielvallesperiodista.com

 

Daniel Valles

Periodista @ELMEOYODLASUNTO

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