El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) desechó por notoriamente improcedente el impedimento que presentó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en contra el ministro Javier Laynez Potisek, para conocer como instructor de la acción de inconstitucionalidad 214/2023, que presentó una minoría de integrantes del Senado, que impugna el decreto publicado el 27 de octubre de 2023, por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el que se establece que no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al de mejoramiento de la administración de justicia.
A través de un comunicado, la SCJN explicó que el ministro Javier Laynez Potisek consideró que los impedimentos no se pueden plantear en acciones de inconstitucionalidad ni en controversias constitucionales, debido a que dicha figura no está prevista por la Ley Reglamentaria, a diferencia de otros juicios y procedimientos.
Recordó que el Tribunal Pleno ha permitido de manera “muy excepcional el procedimiento de algunos impedimentos”, pero han sido a petición de alguna ministra o ministro, a razón de que antes de llegar a este Tribunal Pleno, se participó directamente en la discusión, aprobación, redacción y, a veces, hasta aprobación, de una disposición de carácter general, pero este no es el caso.
“Por estas razones, yo no me considero impedido; me parece que no procede el impedimento; además, yo no considero, en absoluto afectada la objetividad”, aclaró.
En este sentido y por unanimidad, los ministros integrantes de La Corte votaron por desechar la petición, al ser notoriamente improcedente el impedimento hecho valer por la Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal.