La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la inexistencia de las infracciones consistentes en actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, atribuidas a Marcelo Luis Ebrard Casaubón, entonces Secretario de Relaciones Exteriores, derivado de la publicación y difusión en su perfil de TikTok de un video que contiene una adaptación de la canción “Gatita” de la cantante Bellakath.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas que declaró existente la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda atribuida a Adán Augusto López Hernández, entonces secretario de Gobernación, en el contexto de la elección a la gubernatura de la entidad mencionada.
En el marco de la presentación del libro “El derecho de rectificación y la libertad de expresión en México” de la autoría de Eugenia Paola Carmona Díaz de León y editado por Tirant lo Blanch, el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, consideró que el derecho de réplica debe replantearse en México, ya que la verdad no puede estar en manos de nadie y menos del Estado, ni tampoco de alguien que pueda censurar.
Fuerza por México en Puebla podrá aparecer en las elecciones estatales del 2024, una vez que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado determinó por unanimidad devolverle su registro, dando seguimiento a la decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
