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Viernes, 23 Febrero 2018 12:45

Terminales de autobuses deberán mejorar y tener sanitarios gratuitos

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México, 22 Feb (Notimex).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para que las terminales de origen y destino del transporte de personas cuenten, al menos, con instalaciones para ascenso, espera y descenso de pasajeros.

 

También fue aprobado con 318 votos en favor, tres en contra y una abstención que cuenten con instalaciones sanitarias de uso gratuito para los pasajeros, de conformidad con el reglamento correspondiente.

 

El dictamen avalado, que surge de una iniciativa del diputado priista Edgar Romo García y que adiciona un tercer párrafo al Artículo 53 de esa Ley, fue turnado al Senado para su análisis y eventual ratificación.

 

El legislador expuso que el autotransporte terrestre federal de pasajeros representa un factor estratégico para la actividad económica del país, puesto que genera alrededor de 3.5 millones de empleos, directos e indirectos, y moviliza aproximadamente 98 por ciento de pasajeros a nivel nacional.

 

Romo García apuntó que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes Federal, así como el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, no prevén que al otorgar el permiso para prestar el servicio se precise que las terminales de origen y destino sean adecuadas para ascenso, espera y descenso de pasajeros.

 

Tampoco se contempla que las mismas cuenten con instalaciones sanitarias de uso gratuito para todos los pasajeros y en algunos casos cobran por esos servicios.

 

Aseveró que es un reclamo constante de la ciudadanía que las terminales sean seguras, cuenten con espacios suficientes para el ascenso, espera y descenso de pasajeros y tengan infraestructura sanitaria.

 

El diputado priista planteó que los permisionarios inviertan los recursos económicos necesarios para el adecuado desarrollo de la actividad.

 

La Comisión de Transportes, que elaboró el dictamen, señaló que con esta reforma “se lograría cumplir con una reclamación legítima de los usuarios del servicio de autotransportes y que es el mejoramiento de las instalaciones de las terminales de autobuses”.

 

La adición del tercer párrafo al Artículo 53 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal establece que "las terminales de origen y destino de pasajeros deberán contar, al menos, con instalaciones para el ascenso, espera y descenso de pasajeros, así como con instalaciones sanitarias de uso gratuito para los pasajeros, de conformidad con el reglamento correspondiente".

 

En un segundo artículo transitorio se señala que, en un plazo no mayor a 90 días de la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo federal deberá adecuar sus normas reglamentarias y disposiciones administrativas en la materia.

 

 

 

 

Con información de: NOTIMEX
Imagen de:Vive Maravatío - Agencia Gráfica e Informativa

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