El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación reiteró que el ex gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, es inelegible para ser registrado como candidato del PAN a diputado federal por el principio de representación proporcional.
Por unanimidad, las y los magistrados establecieron que ya el pasado 17 de abril habían cancelado el registro después de que se demostró que Cabeza de Vaca tenía pendientes dos órdenes de aprehensión por diversos delitos y las suspensiones definitivas de amparo que obtuvo con posterioridad no modifican la sentencia de la Sala Superior.
"Confirmar el acuerdo controvertido respecto de la negativa de solicitud de su candidatura, toda vez que la existencia de una medida suspensional no puede tener el alcance de modificar, anular o retrotraer los efectos de la ejecutoria de la Sala Superior pronunciada en el recurso de apelación 102 del presente año" afirmó la secretaria de Estudio y Cuenta del TEPJF, Jimena Ávalos Capín, quien señaló que la Constitución otorga a favor del Tribunal, una garantía institucional que hace a sus decisiones definitivas e inatacables, y conforme al orden constitucional no pueden ser revisadas, ni modificadas.
Explicaron que en este caso, ya había quedado firme que el ex gobernador panista resultaba inelegible para ser postulado para un cargo de elección popular.
La Sala Superior ordenó al Consejo General del INE acelerar el proceso para designar al candidato sustituto del PAN.
En otro asunto, la Sala Superior revocó la resolución del Tribunal de Justicia Administrativa y combate a la corrupción de Oaxaca que había inhabilitado a la consejera Presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de dicho estado, Elizabeth Sánchez González, por una falta administrativa.
Las y los magistrados determinaron que dicho Tribunal no está facultado para inhabilitar a consejeros electorales locales.
Mónica Aralí Soto Fregoso, magistrada Presidente del TEPJF, dijo que la Sala Superior ya se ha pronunciado en el sentido de que las consejerías electorales solo pueden ser removidas por el Consejo General del INE, lo que garantiza que las autoridades locales no intervengan en la integración de los OPLES, la inamovilidad de las consejerías y, por ende, la autonomía e independencia de los institutos electorales locales a fin de que puedan cumplir con la función que tienen encomendada.
Por lo tanto, ordenaron la reinstalación inmediata de Elizabeth Sánchez González como consejera presidenta del Instituto Electoral de Oaxaca.
Redacción