El Pleno de la de la Suprema Corte de Justicia declaró este martes la invalidez del articulo 4 de la Ley de Protección y Atención de los Migrantes de la entidad de Jalisco.
Dicho artículo de la ley obligaba a los migrantes a identificarse y ahora ha sido invalidada.
En un comunicado por parte de la SCJ se informó sobre la invalidez de este artículo de ley, el cual establecía que los migrantes deberían cumplir con la obligación de mostrar la documentación que acreditara su identidad, además de proporcionar la información y datos que les fueran solicitados por las autoridades.
El Pleno resolvió esta invalidez al considerar, entre otros aspectos, que en atención a lo dispuesto en el artículo 124 constitucional, las autoridades locales carecen de competencia para regular cuestiones migratorias, en relación con el ingreso y salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como con el tránsito y la estancia de los extranjeros en el mismo, pues ello corresponde de manera expresa a las autoridades federales.
Redaccción