La Comisión de Igualdad de Género, que preside la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), aprobó reformar el artículo 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir en las órdenes de protección de emergencia la prohibición de intimidar o molestar a la víctima mediante medios electrónicos.
La propuesta señala que continúa la violencia en contra de las mujeres, ya sea dentro o fuera del hogar; por ello es necesario fortalecer las medidas de protección establecidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La orden de protección supone el amparo de las víctimas en caso de violencia de género, a través de un procedimiento sencillo y rápido.
Esta se obtiene a través de una resolución judicial, en la que el juez reconoce la existencia de una situación de riesgo para la víctima y ordena su protección, que da lugar al reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres.
Plascencia Pacheco precisó que esta reforma abarca los medios electrónicos y advierte al agresor que en caso de usarlos, sean redes sociales o teléfono, para tratar de intimidar, existiendo de por medio una orden de protección, conllevará consecuencias.
“Las órdenes de protección son una medida para salvaguardar a las víctimas de violencia de género; sin embargo, el agresor aún y sin acercarse, mediante diversos medios electrónicos intimida y manda mensajes amenazándola”, enfatizó.
Durante la reunión, los integrantes de la comisión aprobaron reformar el artículo 4 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de integrar como leyes supletorias de este ordenamiento, las Generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
También avalaron integrar a la Secretaría de Cultura a la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), a fin de reforzar el propósito de hacer cumplir sus derechos humanos.
Redacción
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