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Cuidemos el medio ambiente 9

 

Jueves, 24 Septiembre 2015 15:58

Detienen en Jalisco a 3 personas con 4 aletas de Tortuga y 232 huevos de la misma especie

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó un peritaje para identificar 232 huevos y 4 aletas de tortuga marina, luego de que elementos de la Secretaría de Marina (SEMAR) detuvieron a tres personas con el producto, en el Santuario Playa de Mismaloya, municipio de Tomatlán, Jalisco.

Durante un recorrido de vigilancia por dicha Área Natural Protegida (ANP), elementos  de la  SEMAR, en coordinación con personal de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), encontraron a 2 hombres y una mujer en posesión de una mochila con 232 huevos de quelonio marino.

Asimismo, entre sus pertenencias se encontró un costal que contenía cuatro aletas: dos frontales y dos traseras, aparentemente de un ejemplar de Tortuga Golfina (Lepidochelys olivácea).

De manera inmediata se procedió con el aseguramiento de los productos y la detención de los tres individuos, los cuales fueron puestos a disposición del Ministerio Público Federal (MPF), con sede en la Ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco.

Acto seguido, la Procuraduría General de la República (PGR) solicitó la intervención de la PROFEPA, por lo que inspectores  de esta Dependencia Federal realizaron el dictamen pericial en materia ambiental, determinando que los productos asegurados pertenecen a la especie Lepidochelys olivácea.

Una vez concluido el peritaje, el personal de la PROFEPA procedió a dar destino final al producto asegurado, sepultando los huevos y las aletas en una playa para su desintegración y reintroducción de sus nutrientes al hábitat marino.

La Tortuga Golfina (Lepidochelys olivácea) está catalogada en Peligro de extinción (P) en la NOM-059-SEMARNAT-2010, por lo que cualquier actividad con fines de tráfico, captura, posesión, transporte y acopio de partes y derivados de quelonio marino es considerada como un delito por el Código Penal Federal, castigándose con pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa.

Además, cuando las conductas antes descritas se realicen en o afecten un Área Natural Protegida, se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales.

 

 

 

Información e imagen de: profepa.gob

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