Inspectores Federales de la Delegación de la PROFEPA en la entidad realizaron una inspección a un establecimiento ubicado en la Carretera Valladolid – Tizimín, en el municipio de Valladolid, constatando la exhibición y venta al público de partes de vida silvestre, sin que el inspeccionado acreditara la legal procedencia de los mismos.
Los bienes asegurados se tratan de cinco pieles de Jaguar (Panthera onca) y de una piel de Ocelote (Leopardus pardalis); ambas se encuentran listadas en la categoría de especies en Peligro de Extinción (P), conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
Por lo que al no demostrarse la legal procedencia de las pieles encontradas en el establecimiento antes mencionado, esta Procuraduría determinó el aseguramiento precautorio, lo anterior con fundamento en el artículo 119 fracción I de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).
La LGVS establece que poseer ejemplares, partes y derivados de vida silvestre sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, constituye una infracción que puede ser sancionada con el equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización.
El artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal establece que el tráfico ilegal de ejemplares de vida silvestre es un delito que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3,000 días multa, además de que se aplican de manera adicional una pena de hasta de tres años de prisión y multa de hasta mil días cuando las conductas descritas se realicen con fines comerciales.
Con información de: profepa.gob
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