La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determino por unanimidad multar a Morena por el uso indebido de la pauta tras la difusión de los promocionales identificados como CAMPAÑA COVID TV y CAMPAÑA COVID.
“Lo anterior, bajo el argumento de que el partido denunciado hizo suponer que puso a disposición sus tiempos de radio y televisión para informar al público sobre las medidas de prevención relacionadas con la enfermedad provocada por el virus SARS-Cov-2, cuando en realidad se trata de spots pautados por MORENA para la etapa de precampaña del actual proceso electoral, lo que vulnera el modelo de comunicación política y el acuerdo INE/CG03/2021, emitido por el INE”
De acuerdo con la ministra Gabriela Villafuerte se debe de tener mucho cuidado al difundir este tipo de mensajes pues puede incurrir en actos de clientelismo electoral y a una coacción del voto.
Además, del análisis del contenido, se determinó que no se ajusta a lo permitido en la etapa de precampañas, ya que, en él, no se advierten temas de índole político o electoral que genere el debate público sobre temas de interés general, por lo que MORENA se hizo acreedor a una multa. Además, se determinó el supuesto incumplimiento de medida cautelar a diversas concesionarias de radio y televisión.
“Me parece que esto es un riesgo de clientelismo electoral y se puede llevar a una acción de coacción del voto en medio de una pandemia y la parte emocional de la ciudadanía que en este momento de pandemia es algo que tenemos que atender y cuidar, y los partidos deben tener extremo cuidado al mandar este tipo de mensajes para que la ciudadanía tenga información veraz de su proceder” apuntó.
Por último, se determinó la inexistencia de los actos anticipados de campaña porque que, del contenido del promocional, no se advierte un llamado expreso al voto a favor o en contra de alguna candidatura o partido político.
TEPJF