Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió desechar una de las dos impugnaciones que presentó Pío López Obrador contra los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) del 2 y 3 de septiembre de 2020.
De acuerdo con la resolución del TEPJF el recurso se desechó porque Pío López Obrador presentó dos demandas para reclamar los mismos actos de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE. La primera demanda se presentó directamente ante la Sala Superior del TEPJF y la segunda, que dio origen al expediente que hoy se desecha, ante el INE.
En ese sentido el día de ayer la Sala Superior determinó desechar la segunda demanda, y asegura que se mantendrá en proceso de análisis la primera de ellas.
Ante una serie de recursos que recibió el INE el 28 de octubre de 2020, Pío López Obrador presentó en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, demanda de recurso de apelación, la cual dio lugar a que se integrara el expediente SUP-RAP-105/2020 y, en la misma fecha, presentó idéntico escrito de demanda ante el INE, el cual dio lugar a este expediente, documentación que llegó posteriormente a esta Sala Superior.
Magistrad@s de la Sala Superior consideraron que la demanda se debe desechar de plano porque se actualiza una causal de notoria improcedencia prevista en el artículo 9, párrafo 3, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, dado que Pío López Obrador agotó su derecho de impugnación al promover el recurso de apelación.