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Martes, 12 Enero 2016 10:24

PROFEPA rescata a cachorro de león en Culiacán

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), aseguró un ejemplar cachorro de león (Phantera leo), en el Aeropuerto Internacional de Culiacán, Sinaloa, debido a que su propietario no acreditó la legal procedencia del felino.

En atención a una denuncia ciudadana y en coordinación con elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Policía Federal, personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad acudió al lugar citado y constató la presencia del ejemplar de vida silvestre: cachorro hembra de 27 días de edad. 

Inspectores federales de esta Procuraduría verificaron la presencia del ejemplar cachorro de león, de la especie Phantera leo, del cual los inspeccionados presentaban únicamente una nota de venta de la empresa  denominada “Exotic´s Ley”, con la que pretendían acreditar la legal procedencia del felino.

Especialistas de la PROFEPA adscritos a la Delegación Federal en Sinaloa revisaron y constataron omisión de datos en torno a la procedencia legal del ejemplar, por lo que se procedió al aseguramiento precautorio del león como medida de seguridad, para ser trasladado al zoológico Culiacán, lugar con capacidad física y veterinaria para estos ejemplares.

El león (Phantera leo), es especie exótica regulada por CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) en sus apéndices I y II.

De acuerdo al artículo 122 de la Ley General de Vida Silvestre, fracciones  VI, X, XII, XV y XVI, para el manejo de ejemplares de especies exóticas, la posesión de ejemplares sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, así como el traslado de ejemplares fuera de su hábitat natural, será acreedor a una multa por el equivalente de 20 a 50,000 veces de salario mínimo.

Al adquirir ejemplares de vida silvestre es importante verificar que los mismos ostenten el sistema de marcaje que demuestre que han sido  objeto de un aprovechamiento sustentable, la tasa de aprovechamiento autorizada o la nota de remisión o factura correspondiente, estas últimas deben estar foliadas y señalar el número de oficio de autorización de aprovechamiento; los datos del predio donde se realizó; la especie o género a la que pertenecen los ejemplares o sus derivados; la tasa autorizada y el nombre de su titular, así como la proporción que de dicha tasa comprenda la marca o contenga el empaque o embalaje

 

 

 

Información e imagen de: profepa.gob

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