Cada una de sus sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) representan un acto democrático que honra la confianza popular depositada en el máximo tribunal del país, afirmó el ministro Alberto Pérez Dayán al rendir el informe anual de actividades 2024 de la Segunda Sala.
En sesión solemne, el ministro Pérez Dayán enfatizó que la democracia decide en ocasiones caminar por “rutas accidentadas, y a veces inciertas. Hoy estamos en una de ellas, lo que nos ha rescatado y nos impulsa en estas circunstancias es nuestra vocación y lealtad a la Constitución, fundamento de nuestra nacionalidad y proyecto colectivo de una vida mejor”.
Informó que en el año que se reporta se recibieron 412 expedientes del periodo anterior, a los que se sumaron mil 801 ingresos de este año, mientras que los expedientes atendidos fueron 2 mil 012, es decir, alrededor del 91% del total de asuntos en existencia, de los cuales, mil 820 fueron fallados en alguna de las 37 sesiones públicas que la Sala celebró durante este año y 192 salieron por dictamen.
El ministro Alberto Pérez Dayán agregó que, de los 201 asuntos pendientes de resolución, 72 ya se encuentran listados para revisarse en sesiones futuras; 71 están en las Ponencias para la elaboración de los proyectos y 58 se encuentran en trámite en la Secretaría de Acuerdos de la Sala.
En lo que fue su último informe como presidente de la Segunda Sala aseveró que, en la labor jurisprudencial, la Sala aprobó 145 criterios obligatorios y 12 no obligatorios, todos pertenecientes a la Décima Primera Época; mientras que en lo relativo a las solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción y de reasunción de competencia originaria, provenientes de parte no legitimada, se revisaron 353 dictámenes, de los cuales se determinó conocer de 25 asuntos.
Respecto a temas de criterio jurídico, expuso que entre los asuntos de mayor trascendencia que resolvió la Segunda Sala en este año se encuentran el referente a la elección del régimen de pensiones previsto en el artículo décimo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ya que una vez elegido por parte de los trabajadores el sistema de pensiones de cuentas individuales, éste no podrá ser modificado, lo que no afecta el derecho a la seguridad social.
Además, dijo, como parte de la simplificación de las formalidades de los juicios sucesorios de una persona trabajadora se determinó que, para que los beneficiarios del trabajador fallecido puedan obtener los derechos laborales reconocidos en el juicio, deberán tramitar el procedimiento de declaración de beneficiarios y sustitución procesal de manera simplificada, es decir, sin mayores requisitos u obstáculos.
El ministro Alberto Pérez Dayán también precisó que se determinó la inconstitucionalidad del artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, ello derivado de un amparo en revisión en el que se analizó el derecho a la identidad y la libertad de tránsito, ya que se exigen documentos adicionales a los solicitantes de un pasaporte que fueron registrados después de haber transcurrido tres años o más de haber nacido.
Durante su mensaje, el Presidente de la Segunda Sala agradeció a las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa, así como al ministro Javier Laynez Potisek y al ministro en retiro Luis María Aguilar Morales, por su apoyo y acompañamiento este año de trabajo como presidente de la Segunda Sala.
Redacción