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Lunes, 11 Septiembre 2017 09:13

Decreta SHCP beneficios fiscales para afectados por el Sismo del 7 de septiembre

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Con el objetivo de acelerar la reactivación económica en las comunidades afectadas por el reciente sismo registrado en los estados de Chiapas y Oaxaca y preservar las fuentes de empleo en esas zonas, el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, emitió un Decreto de ley (fiscalmente hablando) en beneficios de los afectados.

 

En ese sentido, en materia de ISR, la dependencia señaló en un comunicado que se busca eximir de la obligación de efectuar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a los meses de agosto a diciembre de 2017.

 

Por otra parte, anunciaron que se busca diferir de la obligación a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) de presentar las declaraciones del cuarto a sexto bimestre de 2017, además de deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo que realicen durante el periodo comprendido entre el 7 de septiembre de 2017 y el 31 de marzo de 2018 en las zonas afectadas.

 

La dependencia destacó que también busca enterar las retenciones del Impuesto Sobre la Renta por los trabajadores en 3 parcialidades iguales respecto de los pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.

 

En materia de IVA y de IEPS señaló lo siguiente:

 

1. Enterar en 3 parcialidades iguales el pago definitivo de los Impuestos al Valor Agregado (IVA) y Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a su cargo correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017.

 

2. Los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que opten por realizar pagos provisionales semestrales conforme a la Resolución de Facilidades Administrativas, durante el segundo semestre de 2017, podrán optar por presentar mensualmente las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado correspondientes a dicho semestre.

 

3. Las solicitudes de devolución del Impuesto al Valor Agregado presentadas antes del 15 de septiembre de 2017, se tramitarán en un plazo máximo de 10 días hábiles.

 

En materia de regularización fiscal

 

1. A los contribuyentes que cuenten con autorización de pagos provisionales, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al mes de septiembre de 2017 y subsecuentes que se les haya autorizado, reanudando, en los mismos términos y condiciones autorizadas, el programa de pagos de dichas parcialidades a partir del mes de enero de 2018.

 

En materia de Cuotas de Seguridad Social

 

1. A los patrones y demás sujetos obligados en términos de la Ley del Seguro Social, se autoriza el pago a plazos, ya sea en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin que se generen recargos y actualizaciones de las cuotas causadas durante los meses de septiembre a diciembre de 2017, para que éstas sean cubiertas a partir del mes de enero de 2018.

 

 

La noche de este jueves 7 de septiembre, un sismo de 8.2 grados en la escala de Richter con epicetro en Pijijiapan, Chiapas acusó miles de damnificados en los estados de Oaxaca y Chiapas, por lo que las autoridades federales han puesto en marcha diversos planes de emergencia con el fin de reactivar la economía y los afectados puedan continuar con sus vidas normales.

 

 

Redacción
Imagen de: Internet

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