A raíz del mal uso que algunas personas hacen con los servicios de emergencia, la reforma al artículo 211 Quater del código penal capitalino indica que a las personas que usen de forma irresponsable una llamada, aviso o alerta falsa a las líneas de emergencia podría recibir una condena de tres meses a dos años de cárcel.
Dicho artículo, en su capítulo V indica que “uso indebido de los servicios de llamadas de emergencia” señala que se le multara de diez a cien unidades cuantificables de medida y actualización.
En caso de que un adolescente realice los avisos o llamados falsos, este será sancionado de acuerdo con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Con información de Lopezdoriga.com