La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación al Secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval González, por violaciones a los derechos humanos a la libertad, seguridad personal y legalidad por la inviolabilidad del domicilio, detención arbitraria, retención ilegal, así como a la integridad personal por actos de tortura en agravio de una persona del sexo masculino, atribuibles a elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Tras investigar los hechos acontecidos el 21 de abril de 2012, en el poblado “Las Parotas”, municipio de Tuzantla, Michoacán, la CNDH constató que la detención de la víctima ocurrió en circunstancias diferentes a las referidas por los elementos militares, al haberse acreditado que irrumpieron su domicilio sin orden emitida por autoridad competente, poniéndolo a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación doce horas posteriores a su detención, sin que justificaran su demora.
En entrevista con personal médico y de psicología de esta CNDH, la víctima refirió que los elementos aprehensores una vez que lo sacaron de su domicilio en presencia de su familia, lo golpearon en diversas partes del cuerpo con la finalidad de que aceptara que llevaba en un costal: 7 armas largas, 808 cartuchos, 33 cargadores y que pertenecía a una organización criminal.
El 9 de mayo de 2017, un Tribunal Unitario del Décimo Primer Circuito revocó la sentencia condenatoria dictada a la víctima y ordenó su inmediata y absoluta libertad ante la falta de credibilidad en el informe de puesta a disposición, debido a que era imposible que una persona aguantara el peso de las armas, cartuchos y cargadores que supuestamente éste llevaba en un costal.
Por lo anterior, la CNDH solicitó al Secretario de la Defensa Nacional que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se proceda a la localización y reparación del daño que incluya una compensación a los hijos de la víctima y quien tenga derecho, así se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, se les brinde atención psicológica y, en su caso, tanatológica.
Colaborar con la CNDH en la presentación de la queja que se presente en el Órgano Interno del Control en la SEDENA, así como en la integración de la carpeta de investigación que se inicie en la Fiscalía General de la República contra los elementos militares involucrados y quien resulte responsable.
Redacción