El Instituto Nacional Electoral (INE) está cerca de aclarar lo sucedido en torno a los videoescándalos difundidos en agosto del 2020 donde se vio involucrado el hermano del presidente de México, Pío López Obrador.
Pese a que la Fiscalía General de la República (FGR) se negó en tres ocasiones a otorgar una copia de la información relacionada con el hermano del mandatario, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una orden para que a la brevedad la documentación sea entregada al órgano electoral.
Recordemos que la presión hacia la FGR se da a partir de que el INE promovió un juicio electoral al considerar que la negativa de colaboración por parte del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE).
Con este panorana, el TEPJF en el juicio SUP-JE-262/2021, interpuesto contra el Ministerio Público Federal, detalló que los argumentos presentados por el Instituto son “sustancialmente fundados”, pues contrario a lo expuesto por la FEDE, el “marco jurídico mexicano sí reconoce de manera expresa un deber de colaboración que deben observar las autoridades integrantes del Estado Mexicano, en sus tres niveles de gobierno, de lo que deriva la inoponibilidad del secreto ministerial al INE, cuando éste actúa en ejercicio de sus facultades de investigación”.
Es así que la Constitución también le confirió al órgano electoral las facultades necesarias para implementar los mecanismos de fiscalización y rendición de cuentas.
Por ello, las disposiciones constitucionales y legales permiten dotar al INE de las facultades necesarias y suficientes para poder llevar a cabo el ejercicio de su función fiscalizadora en las mejores condiciones, y sin obstáculos y obstrucciones.
De esta manera, el Instituto llevar a cabo plenamente su función fiscalizadora, y con ello, dar tratamiento a la información que en un principio fue protegida por el secreto ministerial.
Con información de: Radio Fórmula