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Lunes, 20 Mayo 2019 20:25

SAT retendrá impuestos a aplicaciones de servicio privado de transporte y alimentos a domicilio

Escrito por

 

Margarita Ríos Farjat, Directora del Sistema de Administración Tributaria (SAT), anunció este día que tanto las aplicaciones de servicio de transporte privado y de servicio de reparto de alimentos, tendrán que retener mensualmente un Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 8.0%, y un Impuesto Sobre la Renta (ISR) que va desde el 3 al 9%.

 

En rueda de prensa, Ríos-Farjat sostuvo que cerca de 800 mil contribuyentes están ligados a estos servicios digitales, por lo que se verán regulados por el esquema de retención de impuestos de acuerdo a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2019, publicada el 29 de abril de este año.

 

Acompañada de representantes de las plataformas como Uber, Cabify, Bolt y Beat, así como Cornershop, Rappi, Sin Delantal y Uber Eats, la funcionaria precisó que estas empresas de comercio electrónico iniciarán la retención de impuestos a partir del próximo 1 de junio, de forma mensual, y enfatizó que aquellas empresas que no se sumen a este esquema, serán clasificadas como informales.

 

 

Redacción

Cinthya Díaz Amaral

Twitter: @CinthyaLux  Comunicóloga en proceso, fanática de Zoé y ? de . Trabajo en  y 

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