La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que la entonces jefa de Gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum, no realizó actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos ni vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad, con motivo de un evento realizado en el Obelisco de Morelia, Michoacán, el 28 de octubre de 2022.
A través de un comunicado, la sala sostuvo los motivos por los que no se acreditó vínculo alguno entre la entonces funcionaria y las personas responsables de organizar y desahogar las actividades de dicho evento.
En este sentido, dicho vínculo quedó acreditado en el caso de MORENA por lo que ese partido fue sancionado por la comisión de actos anticipados de campaña con una multa de 67 mil 354 pesos.
“El secretario de gobierno de Michoacán, Carlos Torres Piña, y la presidenta municipal de Ziracuaretiro, Itzel Gaona Bedolla, sí usaron indebidamente recursos públicos y vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad, por su asistencia al referido evento proselitista”, se puede leer en el comunicado, por lo que dicha sentencia se emitió en los citados términos.