Jueves, 21 Noviembre 2024
Jueves, 04 Abril 2024 22:42

Pide el INE a Marko Cortés dejar de utilizar el logo del INE

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Pide el INE a Marko Cortés dejar de utilizar el logo del INE ESPECIAL

La Comisión de Quejas y Denuncias resolvió, por unanimidad de votos las medidas cautelares solicitadas por el partido Morena quien denunció a la candidata a la Presidencia de la República por la coalición “Fuerza y Corazón por México” Xóchitl Gálvez y a los partidos que la integran, así como al Presidente Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) Marko Cortés y a quien o quienes resulten responsables, por la realización de publicaciones en la red social X, en donde utilizaban indebidamente el logotipo del INE y la incitación a la ciudadanía a  reproducir propaganda ilegal, lo que a decir del quejoso, podría transgredir las normas de propaganda electoral en detrimento del Proceso Electoral Federal 2023-2024.

 

La Comisión determinó que no procede la medida cautelar solicitada, correspondiente a ordenar el retiro de la publicación realizada por el Presidente Nacional del PAN, toda vez que, ya no está disponible, por lo que se está ante hechos consumados de manera irreparable. En el mismo sentido se resolvió la tutela preventiva, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

 

Sin embargo, en virtud de que la publicidad denunciada se vincula con la referida en el acuerdo ACQyD-INE-131/2024 en el cual se hizo un llamado a efecto de que no se utilice el logotipo del INE con fines distintos al institucional y sin autorización alguna, se consideró oportuno hacer un llamado al Presidente Nacional del PAN para que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación, de hacer uso de la marca cuya propiedad le pertenece a la autoridad electoral, así como de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones y/o señalamientos relacionados con la misma.

 

Respecto a la incitación a la ciudadanía a reproducir propaganda ilegal atribuida a la candidata a la Presidencia, se determinó que es un tema que analizará la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo, pues se trata de una conducta accesoria, que puede o no configurarse, a partir de que se acredite la conducta principal.

 

 

Redacción

Cinthya Díaz Amaral

Twitter: @CinthyaLux  Comunicóloga en proceso, fanática de Zoé y ? de . Trabajo en  y 

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