El partido Morena denunció a María Beatriz Pagés Llergo Rebollar, Directora General de la Revista “Siempre”, así como a los responsables de la edición impresa, por la publicación y distribución del ejemplar número 3678, año LXX, en la que se exhibió la imagen de la silueta, presuntamente, de Claudia Sheinbaum Pardo, con una cinta roja rodeada de la esvástica Nazi, así como la leyenda ¡NO PERMITAMOS QUE GANE!, lo que, a juicio del quejoso, genera un discurso de odio y hace un llamado a la ciudadanía a no votar por MORENA y su candidata.
En este sentido, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos como improcedente la medida cautelar respecto de la promoción de la portada editorial en Internet al tratarse de hechos consumados, toda vez que actualmente ya no se está difundiendo.
Sin embargo, el colegiado consideró particularmente por cuanto refiere a la circulación de la versión impresa de la revista, procedente la adopción de medidas cautelares, por atribuirse a una opción política, símbolos que fomentan el discurso de odio, incitan a la discriminación o a la violencia, lo que no está amparado bajo la libertad periodística y pudieran transgredir los derechos político-electorales del partido MORENA y su precandidata única, Claudia Sheinbaum Pardo.
No veo ejerciendo el mismo tono , posesión con lo sucedido en ??.
— @soycarloshernandez (@soycarlosherna1) December 10, 2023
La revista no dice mentiras , es una Títere de @lopezobrador_ para arrebatar el ejercicio democrático y ultrajar los derechos , con @Claudiashein aplicaría la dictadura perfecta y el adoctrinamiento NAZI . pic.twitter.com/a3LGYrWc7p
Por esta razón la autoridad electoral ordenó a la revista a que en un plazo que no podrá exceder de 24 horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para suspender la reproducción, circulación, distribución, venta y promoción del ejemplar número 3678, así como eliminar la nota editorial de su portal de Internet o de cualquier otra ubicación en que se haya difundido dicho contenido.
Por último, la citada comisión negó la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, ya que se trata de hechos futuros de realización incierta, es decir, no se tienen elementos para considerar que la conducta denunciada se repetirá.
Redacción