La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil, informó sobre las nuevas reglas en el uso de drones en el país, que contemplan nuevas restricciones en su manipulación.
Mediante un comunicado, la dependencia informó que las aeronaves no tripuladas, o RPAS (Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia), solo podrán operar durante el día y en zonas no catalogadas como prohibidas, restringidas o peligrosas.
Podrán ser operadas a una distancia superior a los 9.2 kilómetros de aeropuertos controlados, 3.7 kilómetros de los no controlados, y a 900 metros de helipuertos. De acuerdo a su peso, también verán limitado su uso.
Los drones con un peso inferior a los dos kilogramos deberán requerir una autorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Si su uso es para actividades comerciales, también incluirá un seguro de daños a terceros.
Las aeronaves de entre 2 y 25 kilogramos solo pueden ser utilizados en clubes de aeromodelismo si su fin es recreativo.
Para los superiores a los 25 kilogramos, los usuarios necesitarán una licencia de piloto para su operación, y solo volarán en términos y condiciones autorizados por la DGAC.
Información de: www.lopezdoriga.com
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