La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó cinco medidas cautelares; tres de ellas están relacionadas con retirar publicaciones en redes sociales de diversos funcionarios públicos que podrían constituir actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, violación a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda y uso indebido de recursos públicos con impacto en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2024.
A través de un comunicado, el Instituto Nacional Electoral explicó que diversas personas presentaron queja contra Adán Augusto López, Secretario de Gobernación del Gobierno de México; Ricardo Monreal Ávila, Senador de la República y Marcelo Luis Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, violación a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda y uso indebido de recursos públicos con impacto en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024.
En el caso de Adán Augusto López, la queja se presentó por las manifestaciones realizadas por la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda y la difusión de publicidad en Ciudad Juárez, Chihuahua y Colima. En este asunto, se declaró la improcedencia de las medidas cautelares al tratarse de actos consumados, pues actualmente ya no se encuentra la publicidad denunciada en Chihuahua. En cuanto a la publicidad en Colima, no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique las medidas cautelares para el retiro.
En el mismo sentido, la Comisión negó la procedencia de la medida solicitada contra Ricardo Monreal por su participación en el evento del 18 de febrero del año en curso en la “Plaza Miguel Auza” en Zacatecas, en el cual, aparentemente, de forma central y destacada, solicitó el apoyo de los presentes y realizó abiertamente manifestaciones referentes a sus aspiraciones de contender por la Presidencia de la República, al considerar que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar respecto al retiro de las publicaciones denunciadas, asimismo precisó que será hasta finales de año en que dará inicio el Proceso Electoral Federal.
Además, señaló que, aparentemente, las publicaciones que se difundieron a través de redes sociales están dirigidas a un público determinado, por lo que debe mediar la voluntad de las personas que busquen conocer su contenido para poder tener acceso al mismo, es decir, se requiere un acto volitivo para visualizarlo.
La Comisión también declaró improcedente la medida cautelar en contra de Marcelo Luis Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores del Gobierno Federal, que se originó por un evento con la finalidad de seguir posicionando el nombre e imagen de Ebrard en diferentes partes de la República, ya que se trata de actos consumados, pues el evento se realizó el 25 de febrero del año en curso.
Por cuanto hace al presunto uso indebido de recursos públicos, será la Sala Regional Especializada la que determine bajo un análisis de fondo del caso, resolver si existen recursos públicos involucrados en contravención a la Constitución y a la ley.
Finalmente, respecto de las publicaciones realizadas en medios de información se concluyó como improcedente, ya que, aparentemente, es una actividad que forma parte del quehacer periodístico amparado bajo la libertad de expresión.
Redacción