La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación ante el caso de la inadecuada atención médica a una mujer en el Hospital General de Zona No. 57 “La Quebrada” del IMSS en el Estado de México, y por lo tanto el fallecimiento de dicha mujer.
Los hechos ocurrieron el pasado 10 de junio de 2015, cuando una mujer de 51 años de edad, ingresó al servicio de urgencias del Hospital General 57, con antecedentes de hipertensión arterial sistémica, donde fue atendida por la autoridad responsable, quien la reportó con dolor intenso en el pecho, tos excesiva, pérdida de fuerza en el brazo, por lo que diagnosticó “bronquitis aguda”.
A las 19:20 horas del 10 de junio de 2015, la autoridad responsable reportó a la mujer con dolor torácico, desesperación y disnea (dificultad respiratoria); a pesar de que no contaba con los resultados de los estudios de laboratorio, le diagnosticó “HAS [hipertensión arterial sistémica], probable cardiopatía mixta hipertensiva, probable SICA [síndrome coronario agudo]/angina inestable”.
En la misma fecha, a las 24:50 horas, valoraron a la mujer, a quien reportó con dolor en tórax con predominio derecho, sin embargo, el 11 de junio de 2015, indicaron su alta con diagnóstico de “osteocondritis, SICA descartado”, no obstante, los estudios de laboratorio de la mujer, reportaron la presencia de hiperglucemia (elevación de la glucosa).
Ante la persistencia de los síntomas, el hijo de la mujer, identificado como V2, acudió a un médico particular, quien a partir de un electrocardiograma “confirmó que cursaba con un infarto cardiaco”, por lo que llevó a su madre al Centro Médico Nacional “La Raza”, donde falleció a las 00:20 horas del 12 de junio.
Fue así como la CNDH indicó que “tres personas servidoras públicas violentaron los derechos humanos a la protección de la salud que derivó en la pérdida de la vida de una persona de 51 años de edad, así como al acceso a la información en materia de salud, por la indebida integración del expediente clínico”.
Ante los agravios corroborados, el organismo recomendó que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se repare el daño “integralmente a su hijo y demás familiares conforme a derecho corresponda”. La reparación deberá incluir una compensación, “atención psicológica y tanatológica, así como se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas”.
La CNDH pidió al director del IMSS su colaboración en la queja que el organismo presente ante el Órgano Interno de Control del Instituto, y en la denuncia que se presente ante el Ministerio Público de la Federación contra el personal médico que incurrió en las violaciones a derechos humanos, y que se anexe en sus expedientes laborales una copia de la recomendación 6/2019.
Redacción