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Martes, 06 Noviembre 2018 14:02

Presentan lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados.

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La Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), presentó los lineamientos en Materia de Control Sanitario de la Cannabis y sus derivados, con fines farmacológicos, médicos y de investigación con calidad, seguridad y eficacia.

 

Los lineamientos establecen los criterios sanitarios para la comercialización, exportación e importación de productos con uso industrial que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1 por ciento o menores de THC.

 

En conferencia de prensa, el titular de la COFEPRIS, Julio Sánchez y Tépoz, aseguró que con ello se podrán diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de derivados farmacológicos de la cannabis, así como normar la investigación y producción nacional.

 

Asimismo, destacó que este anuncio se hace en cumplimento al Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 19 de junio de 2017, una vez que se han realizado las acciones necesarias para armonizar el marco normativo.

 

El Comisionado indicó que los lineamientos también establecen los criterios legales sanitarios que se utilizan para la evaluación y dictamen de las solicitudes de autorización, competencia de la Cofepris

 

Añadió que con este anuncio después de 90 años, México ha avanzado en términos de políticas públicas para eliminar la prohibición de la cannabis con usos médicos y de investigación.

 

Hasta el momento se han otorgado 351 permisos para importación personal e individual. “Los lineamientos son obligatorios para cualquier persona que necesite producir o comercializar productos a base de cannabis”, añadió.

 

Sánchez y Tépoz detalló que se permitirá la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte, prescripción médica, suministro, empleo, uso, consumo del cannabis, únicamente con fines médicos y científicos, previa autorización de la Secretaría de Salud.

 

 

 

 

 

 

 

 

Con información de COFEPRIS.
Imagen de COFEPRIS.

Miriam Peralta

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