El Pleno del Senado aprobó por unanimidad reformar el artículo cuarto de la Constitución, para incorporar los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitante o que pongan en peligro la vida.
El dictamen avalado con 109 votos también establece el derecho a utilizar los medicamentos controlados para atender padecimientos que así lo ameriten. Se precisa que los cuidados paliativos están reconocidos expresamente en el contexto del derecho humano a la salud, y constituyen un planteamiento para mejorar la calidad de vida de los pacientes y sus familiares.
Su objetivo no es curar la enfermedad como tal, sino de aliviar síntomas, cuando una persona afronta una enfermedad latentemente mortal. “Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad”.
La mayoría de las personas que necesitan cuidados paliativos presentan padecimientos crónicos como: enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias crónicas, sida y diabetes.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Kenia López Rabadán, dijo que el Estado debe brindar un servicio de salud adecuado que evite el dolor a los pacientes, respetando el derecho de todas las personas a vivir sin sufrimiento. Es importante, expresó, distinguir lo que son cuidados paliativos de “eutanasia o suicidio asistido”. Estos últimos tienen como finalidad terminar anticipadamente con la vida.
El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Redacción