La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 11 astas, 2 taxidermias y carne de venado cola blanca, además de 1 piel de gato montés en un centro de operaciones de caza furtiva ubicado en Parás, Nuevo León.
En acción coordinada con la Procuraduría General de la República (PGR), mediante una orden de cateo ambas dependencias desmantelaron este centro de almacenamiento y de operaciones de cazadores furtivos denunciado por la Corporación Fuerza Civil del estado de Nuevo León quienes informaron a la Delegación Federal de la PROFEPA que en el lugar se acopiaban partes de venado cola blanca.
En una primera actuación, la PROFEPA en coordinación con Fuerza Civil y autoridades del municipio acudieron al lugar sin lograr el acceso al mismo, por lo que la Procuraduría presentó denuncia penal ante la PGR por el presunto delito contra la biodiversidad.
Acto seguido, la PROFEPA y la PGR solicitaron a un Juez Federal una orden de cateo, llevándose a cabo la acción por parte de las autoridades mencionadas.
En el sitio, donde no se encontraron responsables, se aseguraron 3 astas con cráneo y 8 astas sin cráneo de venado cola blanca, 1 piel de gato montés, un congelador de aproximadamente 7 pies cúbicos y un refrigerador que contenían piezas de carne presuntamente de venado y borrego.
En el mismo lugar se hallaron también 5 “espiaderos” y 2 colgadores con ganchos que son utilizados para colgar los animales muertos para desollarlos y destazarlos. Asimismo, se aseguraron cartuchos de diferentes calibres, ropa de camuflaje para la actividad de caza, dos piezas de taxidermia de cabezas de venado disecadas montadas en base de madera y colgadas en la pared.
Al momento de la acción no se encontraban personas en el domicilio, sin embargo, en el corto plazo la PROFEPA y la PGR, a través de las debidas investigaciones, pondrán a disposición de la autoridad a los responsables ya que ninguna de las piezas contaba con los cintillos de cobro que obligatoriamente deben colocarse en cada pieza.
Es importante señalar que el aprovechamiento de las especies de vida silvestre, como el venado cola blanca y el gato montés, está regulado por la Ley General de Vida Silvestre por lo que los responsables deberán demostrar que la actividad de caza se realizó al amparo de las autorizaciones otorgadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) en un predio o Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).
El artículo 420 fracción III del Código Penal Federal establece una pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa a quien realice ilícitamente esta actividad.
Cabe destacar que gracias a la debida coordinación establecida entre la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la PGR, Fuerza Civil del estado de Nuevo León y el municipio de Parás, Nuevo León, se pudo concretar con éxito esta intervención en beneficio de la sociedad civil que exige la protección integral del medio ambiente y sus recursos naturales.
Información de: profepa.gob
Imagen de: profepa.gob