El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral que prohibió a representantes de partidos políticos y consejeros del poder legislativo, participar en las sesiones del Consejo General en las que se aborden temas relacionados con la elección de integrantes del PJF.
Por mayoría de tres votos a dos, la Sala Superior determinó que las modificaciones al reglamento de sesiones del Consejo General del INE, para establecer dicha restricción, es conforme a la reciente reforma constitucional al Poder Judicial, que fue aprobada en el Congreso.
“En el artículo segundo transitorio del aludido decreto constitucional, se estableció la facultad del INE de emitir los acuerdos que estimara necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario del 2025. en la disposición de referencia, también se previó que las y los consejeros del Poder Legislativo y las representaciones de los partidos políticos ante el Consejo General del INE no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con el proceso electivo de las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación” manifestó la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Aralí Soto Fregoso.
La magistrada Janine Otálora Malassis voto en contra del proyecto de su compañero Felipe de la Mata Pizaña, al considerar que en dicha reforma no se modificó el artículo constitucional que establece que en el Consejo General del INE deben estar presentes los representantes de los partidos políticos y consejeros del Poder Legislativo.
“Queda claro que la prohibición de participación de los partidos políticos en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con este proceso responde a la preocupación de que sus intervenciones en la mesa del Consejo General puedan generar los efectos no deseados por la disposición Constitucional precisada. Este peligro se conjura o modera mediante la limitación o prohibición de intervenir cuando se están tratando aspectos relacionados con las elecciones a cargos judiciales, pero sin alterar, ni la integración del Consejo General ni los otros derechos o prerrogativas que tienen en tanto integrantes de dicho consejo" afirmó la magistrada Otálora.
El magistrado Reyes Rodriguez Mondragón también voto en contra del proyecto, bajo el argumento de que tenían que desecharse las demandas que presentaron el PAN y Movimiento Ciudadano, porque los partidos políticos no tienen interés jurídico, ni legítimo, para plantear este tipo de recursos de apelación debido a la modificación del reglamento derivó de un mandato Constitucional.
Redacción