En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) emitida dentro del recurso de apelación TEECH/RAP/026/2024, que confirmó el acuerdo IEPC-CG-A/072/2024 del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), por el que declaró procedente la solicitud de registro del convenio de la Coalición Parcial denominada “Fuerza y Corazón por Chiapas” y, en su caso, “Fuerza y Corazón por (el municipio coaligado correspondiente)” —conformada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD)—, para la elección de diputaciones locales por el principio de mayoría relativa e integrantes de ayuntamientos, en el proceso electoral local ordinario 2024.
MORENA impugnó la determinación del TEECH con la finalidad de que la Sala Regional dejara sin efectos el convenio de coalición en comento; para lo cual, argumentó que dicho Tribunal estatal dejó de aplicar la normativa local que prohíbe la coalición de los partidos nacionales que recientemente obtuvieron acreditación para participar en los procesos electorales locales de Chiapas, sin realizar un estudio sobre la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida legislativa local.
Sin embargo, el Pleno de esta Sala calificó los agravios expuestos por MORENA como infundados e inoperantes; ya que el TEECH no tenía que realizar un test de proporcionalidad para inaplicar la normativa local cuestionada, pues existe criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) —aprobado en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad— sobre la incompetencia de los Congresos locales para legislar en materia de coaliciones.
En cuanto al agravio sobre vulneración a la equidad en la contienda, el Pleno indicó que resultó novedoso e inoperante para controvertir la resolución impugnada.
Redacción