Corte del bienestar valida preparación de alimentos con cannabis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mejor conocida en redes sociales como la Corte del bienestar, resolvió un asunto relacionado con una solicitud presentada por una persona ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), para obtener una autorización que le permitiera realizar actividades relacionadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC).

Ante la falta de respuesta de la autoridad, la persona promovió una denuncia por incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018, mediante la cual la Suprema Corte invalidó la prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana prevista en la Ley General de Salud. En consecuencia, un juzgado de distrito ordenó a la COFEPRIS emitir la autorización correspondiente.

En cumplimiento de esa determinación, la COFEPRIS expidió la autorización solicitada; sin embargo, estableció expresamente la prohibición de preparar cannabis en distintos tipos de productos, entre ellos, alimentos preparados y semipreparados. Posteriormente, el juzgado tuvo por cumplida su sentencia, pero la persona reclamó que la autorización se emitió con defectos, sin cumplir con los alcances establecidos por la resolución judicial. 

Al analizar el asunto, la Suprema Corte estimó justificadas las restricciones de la COFEPRIS respecto de la preparación de cannabis en productos sujetos a controles sanitarios especializados, como medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios y cosméticos, así como las relativas a vapeadores y dispositivos análogos.

No obstante, respecto de los alimentos preparados y semipreparados, la SCJN consideró que la preparación para consumo personal de cannabis y THC forma parte de una actividad culinaria ordinaria y no equivale a la fabricación de productos sometidos a un régimen sanitario especial.

Por ello, el Pleno revocó el acuerdo que había declarado cumplida la sentencia y requirió a la COFEPRIS para que emita una autorización que permita la preparación de cannabis en alimentos preparados o semipreparados destinados exclusivamente al autoconsumo de su titular. Esta determinación no autorizaría su comercialización, distribución, suministro a terceros ni expendio al público.

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