A pesar de que la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctima de estos Delitos ha sido reformada en dos ocasiones integralmente, todavía no se han incorporado las recomendaciones de expertos en la materia y organizaciones especializadas, señala un estudio elaborado por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez.
El documento “Iniciativas y reformas legislativas a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos”, identifica dos posturas en este debate: la primera reconoce que a pesar de que este ordenamiento tiene “ambigüedades e inconsistencias”, éstas no afectan su aplicación.
En contraparte, la otra postura considera que la aplicación de la Ley vigente se encuentra limitada por la falta de armonización legislativa, la confusión de los delitos establecidos en la misma y las inconsistencias con respecto a otros ordenamientos.
Esto quiere decir, que a pesar de que esta ley ha pasado por diálogos recurrentes del problema de la trata de personas, no se ha tenido un análisis a profundidad de las medidas que el gobierno federal debe tomar para erradicar este problema, que a su vez, la investigación del IBD refiere que la adhesión del Estado mexicano al Protocolo de Palermo marcó el inicio de una serie de acciones para combatir a la trata en nuestro país, entre ellas la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual estuvo vigente hasta Junio de 2012 cuando se publicó en el DOF el decreto que la abroga y expide la nueva Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos, la cual se encuentra actualmente vigente.
Con información de:Senado de la Republica
Con imagen de: Senado de la Republica