La Suprema Corte recordó que al determinar la prohibición total de matrimonio infantil, se protegieron los derechos de la infancia, en especial de las niñas y adolescentes.
Recordó que la Constitución protege el interés superior de las infancias y el libre desarrollo de su personalidad.
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Indicó que la prohibición absoluta es acorde con la Carta Magna, ya que se trata de una medida de protección reforzada al libre desarrollo de la personalidad de las infancias, pues así podrán disfrutar de los derechos propios de su edad y desarrollarse plenamente.
Explicó que los niños que contraen matrimonio, especialmente las niñas, se ven fuecentemente obligadas a abandonar la enseñanza y quedan al margen de las actividades sociales.
Además, en algunas partes, los niños casados se consideran adultos, aunque tengan medos de 18 años, privándoles de todas las medidas de protección a que tienen derecho en virtud de la convención en la materia.
Redacción