El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) Pablo Gómez acusó que la Constitución mexicana contempla sanciones para quienes no acudieron a votar durante el ejercicio de consulta popular para la Revocación de Mandato.
Utilizando de forma errónea los artículos de la constitución señalando el artículo 35.I que menciona como prerrogativa el derecho al voto y no el correcto que es el 36 que habla de la obligatoriedad del voto, Pablo Gómez acusó que participar en la Revocación de Mandato era obligatoria por parte de todos los mexicanos y apuntó que la carta magna plantea sanciones para quienes incumplieron con dicha obligación, que van incluso desde la suspensión de derechos electorales por al menos 1 año.
Fue a través de la red social Twitter donde el funcionario de la 4T aprovechó para arremeter contra el Instituto Nacional Electoral de no difundir lo suficiente la consulta popular y de no instalar las “suficientes casillas” bajo el argumento de que la autoridad electoral retuvo al menos 1,630 millones de pesos en “ilegales fideicomisos”.
Tras lo anterior, usuarios de la red social reclamaron la presunta ignorancia del funcionario al citar de forma errónea los artículos de la constitución, pues el artículo correcto era el 38 donde refieren sanciones y no el 35 que habla de derecho al sufragio en tanto que el 36 habla de la obligatoriedad, situación que provocó burlas y críticas contra el también simpatizante de morena.
Corrección: el artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo.
— Pablo Gómez (@PabloGomez1968) April 13, 2022
Redacción