La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Claudia Sheinbaum, Gerardo Fernández Noroña, Marcelo Ebrard Casaubón, Adán Augusto López Hernández y Manuel Velasco Coello, no cometieron actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, vulneración a principios constitucionales ni adquirieron tiempos en televisión con la difusión de contenido elaborado por el Sistema Público de Radiodifusión.
La difusión se dio en el marco de su participación en el proceso de selección de la persona coordinadora de los comités de defensa de la Cuarta Transformación a nivel nacional.
La decisión se tomó, porque los contenidos denunciados no constituyeron propaganda electoral que tuviera la intención de influir en las preferencias de la ciudadanía; tampoco hubo llamados a votar en la elección presidencial ni se solicitó apoyo para obtener alguna precandidatura o candidatura de cara al proceso electoral federal 203-2024.
Las concesionarias de canal 14 y canal 11, así como Jenaro Villamil, titular del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, también fueron denunciados, pero las infracciones tampoco se acreditaron.
Redacción