La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, la resolución de la Sala Regional Especializada que determinó la inexistencia de la vulneración de los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad, la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos por parte del presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, con motivo de las manifestaciones realizadas en el evento celebrado el 17 de febrero en el estado de Guerrero, y el día 19 en la conferencia matutina efectuada en Puebla.
Inconforme, el Partido Acción Nacional (PAN) impugnó la resolución al considerar que, en su concepto, sí se actualizan las infracciones denunciadas, dado que el presidente de la República actuó de forma parcial para beneficiar a Claudia Sheinbaum y perjudicar la campaña de Xóchitl Gálvez.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, determinó que la autoridad responsable sí se pronunció exhaustivamente sobre las conductas denunciadas, así como que fue correcto determinar que no se advirtió un desequilibrio dentro de la contienda electoral; pues de los eventos no se desprendieron expresiones encaminadas a posicionar, frente a la ciudadanía, a una candidatura o partido político alguno, al ser genéricas y subjetivas respecto de temas de interés general.
En consecuencia, se confirmó la resolución impugnada.
Redacción