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Martes, 05 Diciembre 2023 18:38

INE da revés a Samuel García por utilizar menores de edad en propaganda electoral

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INE da revés a Samuel García por utilizar menores de edad en propaganda electoral Especial

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos algunas medidas cautelares por la supuesta vulneración a las normas en materia de propaganda electoral como la vulneración al interés superior de la niñez, por parte del ex pre candidato de Movimiento Ciudadano Samuel García.

 

A través de un comunicado, la autoridad electoral explicó que el C. Rafael Ángel Lecón Domínguez denunció a Samuel Alejandro García Sepúlveda ex pre candidato de Movimiento Ciudadano derivado de la publicación de imágenes de menores de edad en su red social X, lo cual, a decir del quejoso, vulnera el interés superior de la niñez.

 

En este sentido, la Comisión determinó procedente la solicitud de medida cautelar porque, bajo la apariencia del buen derecho el denunciado no presentó los documentos que comprueben la autorización o consentimiento para participar en la propaganda, esto implica, que deberá en un plazo no mayor a tres horas, eliminar o, en su caso, difuminar las imágenes de los menores que aparecen en la publicación denunciada.

Por otra parte, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una denuncia en contra García Sepúlveda, en su calidad de precandidato a la Presidencia de la República, y del partido Movimiento Ciudadano (MC), por la supuesta realización de actos anticipados de campaña y la vulneración al interés superior de la niñez.

 

En este caso, la Comisión de Quejas analizó un video publicado en el perfil de TikTok del precandidato denunciado y determinó, preliminarmente, que no contiene referencias electorales, declarándolo improcedente en relación con actos anticipados de campaña. Sin embargo, en cuanto a la vulneración al interés superior de la niñez, la Comisión consideró procedente la medida cautelar, la cual ordena al denunciado eliminar la publicación o difuminar los rostros de los menores de edad en un plazo máximo de tres horas, ya que preliminarmente podría afectar el interés superior de la niñez.

 

Redacción

Cinthya Díaz Amaral

Twitter: @CinthyaLux  Comunicóloga en proceso, fanática de Zoé y ? de . Trabajo en  y 

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