La comisión declaró la procedencia de la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del Partido del Trabajo (PT) por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, derivado de la difusión del promocional denominado TLAXCALA IRMA 2 versión televisión, ya que en dicho spot aparece la imagen de una menor de edad, con lo que podría verse vulnerada su integridad y sus derechos.
La Comisión consideró que la aparición, en el promocional de televisión, de una menor de edad no se justifica, pues el PT no difuminó la imagen, ni aportó el consentimiento y la opinión informada, así como el permiso de los padres, por lo que, en apariencia del buen derecho, el partido político no cumplió con los requisitos dispuestos por la autoridad administrativa, por lo que pudieran estar en riesgo los derechos a la identidad, a la intimidad y al honor de la menor.
Por tal motivo, se ordenó al PT para que en un plazo que no podrá exceder de tres horas, sustituya el material denunciado por una versión en la que aparezca difuminado el rostro o se elimine la imagen de la menor. De igual forma, se vinculó a las concesionarias de televisión, para que, en un plazo no mayor a 12 horas, realicen las gestiones necesarias para no difundir el material, pautado para comenzar su difusión el 8 de septiembre del año en curso.
En cuanto a la tutela preventiva solicitada, los integrantes de la Comisión acordaron la improcedencia de la solicitud, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Redacción