Armenta propone tipificar como delito de violación a la intimiada sexual creada con IA

El senador Alejandro Armenta propuso establecer en el Código Penal Federal, que comete el delito de violación a la intimidad sexual, quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización, con el uso de inteligencia artificial.

El senador Alejandro Armenta propuso establecer en el Código Penal Federal, que comete el delito de violación a la intimidad sexual, quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización, con el uso de inteligencia artificial.

 

De acuerdo con la propuesta, eso aplicaría para quien grabe audio o video, fotografíe, imprima o elabore imágenes o contenido audiovisual íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización, con esa herramienta tecnológica.

 

Al presentar el proyecto ante el Pleno, Alejandro Armenta alertó que 9.8 millones de mujeres de 12 años y más, y 7.6 millones de hombres fueron víctimas de ciberacoso.

 

En el documento expuso, que el 45.5 por ciento de la población que experimentó esos actos durante los últimos 12 meses a nivel nacional, fue a través de Facebook, mientras que 44.5 por ciento fue por Whatsapp.

 

En ese sentido, dijo que la Unidad de Inteligencia Financiera reportó que 61 por ciento de los incidentes que recibió durante el primer semestre de 2023, fue de violencia digital, equivalente a cuatro mil 739 reportes; mientras que el acoso cibernético registró dos mil 556 casos.

 

Alejandro Armenta subrayó que el proyecto tiene el objetivo de garantizar la seguridad de las mujeres en el uso libre del Internet, así como reconocer la violación y vulnerabilidad de la integridad y dignidad de ellas.

 

En el proyecto, el senador de Morena también propone modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para establecer que violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como de inteligencia artificial.

 

Además, dispone que se entenderá por inteligencia artificial a los sistemas computacionales que se utilizan para simular procesos de aprendizaje, razonamiento y autocorrección mediante la programación de algoritmos.

 

El documento fue turnado a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, con opinión de la Comisión para la Igualdad de Género.

 

 

 

 

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